Qué es el modelo 347 y quién está obligado a presentarlo

1. Qué es el modelo 347 y quién está obligado a presentarlo

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar aquellas personas físicas o jurídicas que hayan realizado operaciones con otras entidades durante el año fiscal, siempre y cuando el importe conjunto de dichas operaciones supere los 3.005,06 euros. Esta declaración tiene como finalidad informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones económicas que se han llevado a cabo entre una empresa y sus proveedores o clientes.

Están obligados a presentar el modelo 347 todas aquellas personas o entidades que hayan llevado a cabo operaciones económicas que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. Esto incluye a autónomos, empresas, asesorías, profesionales liberales, comunidades de bienes y cualquier otra entidad que haya realizado operaciones mercantiles o profesionales en el año fiscal correspondiente. Es importante destacar que, en caso de que se supere el importe señalado, no solo se deben incluir las facturas emitidas o recibidas, sino también otros tipos de operaciones como arrendamientos o prestaciones de servicios.

2. Cómo se hace el modelo 347 paso a paso

2.1. Requisitos previos

Antes de comenzar a realizar el modelo 347, es importante que tengas en cuenta algunos requisitos previos para asegurarte de que cuentas con toda la información necesaria. En primer lugar, debes tener los datos de identificación tanto tuyos como de los proveedores o clientes a los que realizarás las operaciones. Además, es necesario contar con los importes totales de las operaciones realizadas con cada uno de ellos durante el año fiscal objeto de declaración.

2.2. Descarga del modelo

Una vez tengas todos los requisitos previos en orden, debes acceder a la página web de la Agencia Tributaria o a través de otros medios autorizados para descargar el modelo 347. Es importante que te asegures de obtener la versión actualizada del formulario, ya que cada año puede haber cambios en el mismo.

2.3. Relleno del modelo

Una vez descargado el modelo 347, debes rellenarlo con toda la información solicitada. Es importante que completes todos los apartados de manera precisa y veraz, ya que cualquier error u omisión podría llevar a sanciones o problemas con Hacienda. Recuerda incluir todos los datos de identificación y los importes totales de las operaciones realizadas con cada proveedor o cliente.

2.4. Presentación del modelo

Una vez que hayas rellenado todos los apartados del modelo 347, debes presentarlo telemáticamente a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, deberás contar con un certificado digital o utilizar otros medios autorizados. Sigue las instrucciones que se te indiquen en la página web para realizar correctamente la presentación.

Obligaciones y exenciones en la presentación del modelo 347

3.1 Obligaciones en la presentación del modelo 347

El modelo 347 es una declaración informativa sobre las operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales. Están obligados a presentar este modelo todas aquellas personas físicas o jurídicas que realicen operaciones que cumplan con estos requisitos. Esto incluye tanto a empresas como a autónomos, y deben presentarlo incluso si no han tenido ninguna operación de este tipo durante el año.

La presentación del modelo 347 debe hacerse anualmente, en el mes de febrero, concretamente desde el día 1 hasta el día 31 de dicho mes. Es importante tener en cuenta que el modelo debe presentarse de forma telemática a través de la Agencia Tributaria, aunque existen excepciones para aquellos contribuyentes que no dispongan de los medios necesarios para hacerlo de esta forma.

3.2 Exenciones en la presentación del modelo 347

Aunque la mayoría de los contribuyentes están obligados a presentar el modelo 347, existen ciertas exenciones y casos en los que no es necesario hacerlo. Algunos ejemplos son las operaciones realizadas con entidades bancarias, operaciones interiores sin carácter económico o las operaciones que estén exentas de IVA.

Además, existen casos en los que la información a declarar puede ser simplificada. Por ejemplo, para las entidades con facturación inferior a 100.000 euros anuales, solo es necesario incluir los importes de las operaciones que superen los 3.005,06 euros. También hay exenciones para las operaciones realizadas en ámbitos territoriales específicos, como las operaciones con Canarias, Ceuta y Melilla.

4. Sanciones por no presentar o hacer mal el modelo 347

4.1 Sanciones por no presentar el modelo 347

La falta de presentación del modelo 347 puede acarrear sanciones económicas significativas. Según la normativa vigente, se considera una infracción tributaria grave no presentar este modelo en plazo. Las sanciones varían dependiendo del tiempo que haya transcurrido desde la finalización del plazo establecido para la presentación. En general, se establece una multa fija mínima de 300 euros, que puede llegar a duplicarse o triplicarse si se demuestra mala fe o intencionalidad en la omisión. Además, la Administración Tributaria puede requerir el importe de las operaciones declaradas en el modelo 347 mediante un procedimiento iniciado mediante providencia de apremio.

4.2 Sanciones por hacer mal el modelo 347

No solo la falta de presentación del modelo 347 conlleva sanciones, también hacerlo de forma incorrecta puede generar consecuencias negativas. Si los datos declarados contienen errores, inexactitudes u omisiones, la Administración Tributaria puede imponer sanciones económicas proporcionales al importe no declarado o declarado incorrectamente. Además, si se demuestra que ha existido dolo, fraude, simulación o cualquier otra conducta dolosa o culposa por parte del contribuyente, las sanciones pueden ser aún más severas. Por otro lado, también es importante mencionar que una vez que la notificación de la sanción sea firme, es posible solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago en función de la situación económica del contribuyente.

5. Casos frecuentes y dudas sobre el modelo 347 resueltos

5.1 ¿Qué pasa si no presento el modelo 347?

La presentación del modelo 347 es obligatoria para aquellos contribuyentes que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año fiscal. En caso de no presentar este modelo, el contribuyente puede enfrentarse a sanciones económicas que van desde los 300 euros hasta los 20.000 euros, dependiendo del grado de infracción y el tiempo de retraso en la presentación.

5.2 ¿Cómo se declaran las operaciones intracomunitarias en el modelo 347?

En el modelo 347, las operaciones intracomunitarias se declaran en el apartado correspondiente a “Operaciones con terceras personas”, identificando a la empresa o persona física con la que se ha realizado la operación y especificando el importe correspondiente. Es importante tener en cuenta que, para declarar las operaciones intracomunitarias, es necesario disponer del número de identificación fiscal (NIF) de la empresa o persona física con la que se ha realizado la operación.

6. Recomendaciones y consejos para cumplir con el modelo 347 correctamente

6.1 Lleva un registro meticuloso de tus operaciones

Para asegurarte de cumplir correctamente con el modelo 347, es fundamental llevar un registro meticuloso de todas tus operaciones económicas. Esto incluye tanto las operaciones con tus clientes como con tus proveedores. Mantén actualizados tus libros contables y archiva cuidadosamente toda la documentación que respalde las operaciones que has realizado.

6.2 Revisa y concilia tus datos antes de presentar el modelo 347

Antes de presentar el modelo 347, es importante que revises minuciosamente todos los datos que vas a incluir en el mismo. Verifica que los importes sean correctos y concilia la información con las facturas y documentos correspondientes. De esta manera, podrás evitar posibles errores y discrepancias que puedan generar inconvenientes a la hora de presentar este modelo.

6.3 Consulta y cumple con la normativa vigente

El cumplimiento correcto del modelo 347 requiere estar al tanto de la normativa vigente en materia de declaraciones informativas. Infórmate sobre los requisitos y plazos establecidos por la Agencia Tributaria y asegúrate de cumplir con todas las obligaciones que esta normativa establece. Si tienes dudas o necesitas aclaraciones, no dudes en consultar con profesionales del ámbito fiscal que puedan brindarte asesoramiento adecuado.

 

By Franciscocollmorales

Estudiante de máster y economía, joven emprendedor, interesado y estudiante en el mundo de la economía y mercados bursátiles, con experiencia en el sector profesional de 2 años como business advisor y community manager en Renault España y 1 año en el sector de la gerencia, estoy en continua formación en ENAE business school , escuela de negocios internacional, con el fin de especializarme en la gestión de carteras, poder gestionar y analizar cuentas e inversiones en empresas del ámbito nacional e internacional es mi objetivo. En este mundo se está desarollando una economía cada vez más globalizada y hay que rebasar las fronteras e introducirse en nuevos mercados para crear el valor añadido y la diferenciación, y sobre todo fomentar a los emprendedores a que sigan creando PYMES (el 99'88% del tejido empresarial en España está constituido por PYMES) ya que son las que tiran de esta economía, fomentan al empleo y crean oferta, esto hará que crezca el ingreso nominal y pueda crecer el consumo, El objetivo es salir de esta recesión económica, cada vez más dura, que están sufriendo muchos países actualmente, sin movimiento económico no hay progresión de las empresas de este país.