¿Qué es el modelo 347 y cuál es su finalidad?

1. ¿Qué es el modelo 347 y cuál es su finalidad?

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar las personas y entidades que realicen operaciones con terceros superiores a los 3.005,06 euros durante el año natural. Su finalidad es proporcionar a la Agencia Tributaria información sobre estas operaciones para prevenir el fraude fiscal.

Esta declaración incluye datos como el nombre, NIF y importe de las operaciones realizadas con cada tercero, y debe presentarse de forma telemática antes del último día del mes de febrero del año siguiente. Es importante destacar que el modelo 347 no implica el pago de ningún impuesto, ya que solo tiene carácter informativo.

1.1. Datos necesarios para cumplimentar el modelo 347

Para poder cumplimentar correctamente el modelo 347, es necesario disponer de ciertos datos, como el NIF de los terceros con los que se han realizado operaciones, el importe total de las operaciones realizadas con cada uno de ellos, así como la fecha en la que se han llevado a cabo. Además, es importante tener en cuenta que se deben desglosar las operaciones según su tipo, ya sean compras o ventas.

1.2. Consecuencias de no presentar el modelo 347

No cumplir con la obligación de presentar el modelo 347 puede acarrear sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria. Estas sanciones pueden ser leves, graves o muy graves, y su cuantía dependerá de diferentes factores, como el importe de las operaciones no declaradas o la existencia de infracciones anteriores. Por tanto, es fundamental presentar esta declaración en tiempo y forma para evitar posibles problemas con Hacienda.

2. Obligados a presentar el modelo 347 según la normativa fiscal

2.1 Personas y entidades obligadas

Según la normativa fiscal, existen una serie de personas y entidades que están obligadas a presentar el modelo 347. En primer lugar, están obligados a presentarlo aquellos sujetos que hayan realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros durante el año natural. Esto incluye tanto operaciones de compraventa de bienes o servicios, como arrendamientos, prestaciones de servicios profesionales, entre otros.

Además, también están obligadas a presentar el modelo 347 las personas o entidades que hayan efectuado pagos a terceros que superen los 3.005,06 euros en el año natural, independientemente de que se haya producido una operación económica o no. Esto incluye pagos como alquileres, cánones, rendimientos de capital mobiliario, entre otros.

2.2 Exclusiones de la obligación

No todas las personas y entidades están obligadas a presentar el modelo 347. Existen algunas exclusiones establecidas en la normativa fiscal. Por ejemplo, no están obligados a presentarlo los particulares que realizan operaciones no empresariales o profesionales, siempre y cuando estos pagos no superen los 3.005,06 euros al año.

También están excluidas de esta obligación las entidades en régimen de atribución de rentas en determinados supuestos, como las comunidades de bienes sin actividad económica. En estos casos, la obligación recae en los socios o partícipes de la entidad.

3. Paso a paso: cómo presentar el modelo 347

Para presentar el modelo 347, es necesario seguir los siguientes pasos:

3.1. Recopilar la información requerida

Antes de comenzar a completar el modelo 347, es importante recopilar toda la información necesaria. Esto incluye los datos de identificación del declarante, así como los datos de los proveedores o clientes con los que se hayan superado los 3.005,06 euros de facturación anual.

3.2. Descargar el formulario oficial

Una vez que se cuenta con toda la información necesaria, es necesario descargar el formulario oficial del modelo 347 desde la página web de la Agencia Tributaria. Este formulario se encuentra disponible en formato PDF y se puede completar de forma electrónica o imprimir para rellenarlo a mano.

3.3. Cumplimentar el formulario

El siguiente paso es cumplimentar correctamente el formulario. Es importante asegurarse de introducir los datos de manera exacta y sin errores, ya que cualquier equivocación puede dar lugar a sanciones o problemas futuros con Hacienda.

3.4. Presentar el modelo 347

Una vez que el formulario ha sido completado, se debe presentar el modelo 347 dentro del plazo establecido por la normativa fiscal. Esto puede hacerse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o de forma presencial acudiendo a una oficina de Hacienda.

4. ¿Cuándo debe presentarse el modelo 347?

El modelo 347, también conocido como Declaración Informativa de Operaciones con Terceras Personas, debe presentarse dentro del primer trimestre del año natural siguiente al año al que se refiere la declaración. Es decir, si quieres informar sobre las operaciones realizadas durante el año 2023, deberás presentar el modelo 347 antes del 31 de marzo de 2022.

Es importante destacar que la fecha límite para presentar este modelo es fija, por lo que no existe la posibilidad de solicitar prórrogas. Además, es fundamental tener en cuenta que aunque no hayas realizado ninguna operación sujeta a declaración durante el año, estarás obligado a presentar el modelo 347 si cumples con alguno de los criterios establecidos por la Agencia Tributaria.

5. Sanciones por no presentar el modelo 347

5.1 Sanciones económicas

La no presentación del modelo 347 puede generar sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria. Estas sanciones varían según la gravedad de la infracción y pueden ir desde una multa mínima de 300 euros hasta un máximo de 20.000 euros, en función de diferentes criterios establecidos por la normativa fiscal.

5.2 Sanciones por ocultación de información

Además de las sanciones económicas, también existe la posibilidad de recibir sanciones por ocultación de información en relación al modelo 347. Esto implica no incluir en la declaración aquellos datos relevantes que están obligados a ser declarados. Estas sanciones pueden ser aún más graves y alcanzar un importe de hasta el 150% de la cantidad no declarada.

5.3 Otras consecuencias de no presentar el modelo 347

Además de las sanciones económicas y por ocultación de información, la no presentación del modelo 347 puede tener otras consecuencias negativas para la empresa. Entre ellas, cabe destacar la pérdida de beneficios fiscales, la imposibilidad de participar en licitaciones públicas o la inclusión en listas de morosos, lo que puede perjudicar la reputación y la solvencia financiera de la empresa.

6. Preguntas frecuentes sobre el modelo 347

6.1 ¿Cuántos registros debo incluir en el modelo 347?

El número de registros que debes incluir en el modelo 347 dependerá de la actividad de tu empresa y de las operaciones realizadas con terceros. En general, deberás incluir todos aquellos proveedores, clientes u otros agentes con los que hayas llevado a cabo operaciones superiores a 3.005,06 euros durante el año fiscal. Recuerda que debes discriminar las operaciones según su naturaleza e indicar los importes correspondientes.

6.2 ¿Qué operaciones deben ser incluidas en el modelo 347?

Todas las operaciones realizadas con terceros y que superen el importe de 3.005,06 euros durante el año fiscal deben ser incluidas en el modelo 347. Esto incluye tanto operaciones de compraventa de bienes o servicios, como operaciones financieras, arrendamientos, donaciones, entre otras. Además, es importante tener en cuenta que también deben ser incluidas las operaciones realizadas con entidades en el extranjero, siempre que cumplan con los requisitos mencionados.

6.3 ¿Existe alguna excepción para no presentar el modelo 347?

Sí, existen algunas excepciones que te eximen de la obligación de presentar el modelo 347. Por ejemplo, no es necesario presentarlo si el importe de las operaciones realizadas con un mismo cliente o proveedor no supera los 3.005,06 euros durante el año fiscal. Además, tampoco es obligatorio presentarlo si realizas actividades exentas de IVA, como las relacionadas con la sanidad, educación o actividades financieras. No obstante, es importante consultar la normativa fiscal vigente y valorar tu caso concreto para asegurarte de cumplir con todas las obligaciones tributarias.

 

By Franciscocollmorales

Estudiante de máster y economía, joven emprendedor, interesado y estudiante en el mundo de la economía y mercados bursátiles, con experiencia en el sector profesional de 2 años como business advisor y community manager en Renault España y 1 año en el sector de la gerencia, estoy en continua formación en ENAE business school , escuela de negocios internacional, con el fin de especializarme en la gestión de carteras, poder gestionar y analizar cuentas e inversiones en empresas del ámbito nacional e internacional es mi objetivo. En este mundo se está desarollando una economía cada vez más globalizada y hay que rebasar las fronteras e introducirse en nuevos mercados para crear el valor añadido y la diferenciación, y sobre todo fomentar a los emprendedores a que sigan creando PYMES (el 99'88% del tejido empresarial en España está constituido por PYMES) ya que son las que tiran de esta economía, fomentan al empleo y crean oferta, esto hará que crezca el ingreso nominal y pueda crecer el consumo, El objetivo es salir de esta recesión económica, cada vez más dura, que están sufriendo muchos países actualmente, sin movimiento económico no hay progresión de las empresas de este país.