Clasificación de los créditos concursales

1. Clasificación de los créditos concursales

En el ámbito del derecho concursal, los créditos concursales se clasifican en diferentes categorías según su prioridad de pago en caso de insolvencia de la empresa deudora. La clasificación de los créditos concursales ayuda a determinar el orden en el que se pagarán las deudas a los acreedores durante el procedimiento concursal.

Los créditos concursales se dividen en tres categorías principales: créditos con privilegio especial, créditos con privilegio general y créditos subordinados. Los créditos con privilegio especial son aquellos que tienen una garantía real, como una hipoteca, sobre un bien específico del deudor. Estos créditos tienen preferencia de pago sobre los demás.

Por otro lado, los créditos con privilegio general no tienen una garantía real, pero están respaldados por la masa activa del deudor. Estos créditos se pagan después de los créditos con privilegio especial, pero antes de los créditos subordinados. Los créditos subordinados son aquellos que se pagan en último lugar y suelen ser de menor cuantía.

2. Créditos con privilegio especial

Los créditos con privilegio especial son aquellos que gozan de una preferencia en el pago sobre otros créditos en caso de insolvencia del deudor. Estos créditos se encuentran regulados en la Ley de Enjuiciamiento Civil y se dividen en diferentes categorías según su naturaleza.

2.1 Créditos con privilegio especial sobre bienes inmuebles

Los créditos con privilegio especial sobre bienes inmuebles son aquellos que recaen sobre un bien inmueble específico y gozan de una garantía real sobre el mismo. Estos créditos incluyen, por ejemplo, las hipotecas y los derechos reales de garantía.

2.2 Créditos con privilegio especial sobre bienes muebles

Los créditos con privilegio especial sobre bienes muebles son aquellos que recaen sobre un bien mueble en particular y también gozan de una garantía real sobre el mismo. Estos créditos incluyen, por ejemplo, los contratos de leasing y los derechos de retención.

2.3 Créditos con privilegio especial sobre derechos de propiedad intelectual

Además de los bienes inmuebles y muebles, existen créditos con privilegio especial sobre derechos de propiedad intelectual. Estos créditos se refieren a los derechos de autor, marcas registradas, patentes y demás derechos de propiedad intelectual que posea el deudor y que sirven como garantía para el cumplimiento de la obligación.

3. Créditos con privilegio general

Los créditos con privilegio general son aquellos que gozan de un rango de preferencia inferior a los créditos con privilegio especial pero superior a los créditos subordinados. Estos créditos se caracterizan por tener una garantía real o personal que los respalda, lo que les permite gozar de cierta prioridad en el cobro frente a otros créditos.

3.1 Naturaleza y características de los créditos con privilegio general

Los créditos con privilegio general pueden ser garantizados por bienes muebles e inmuebles, como por ejemplo, hipotecas, prendas o fianzas. Además, deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por la ley para poder ser considerados como tal.

3.2 Orden de prelación de los créditos con privilegio general

El orden de prelación de los créditos con privilegio general se establece según la fecha de su constitución. Es decir, aquellos créditos que fueron garantizados primero tendrán preferencia sobre los que se constituyeron posteriormente. De esta manera, se busca proteger los intereses de los acreedores en caso de insolvencia del deudor.

4. Créditos subordinados

Los créditos subordinados son aquellos que ocupan el último lugar en la jerarquía de quiebras y concursos. Estos créditos son considerados de menor importancia y, por lo tanto, tienen menos posibilidades de ser satisfechos en su totalidad. Generalmente, los créditos subordinados corresponden a deudas no garantizadas o a deudas que no están respaldadas por un bien o garantía específica.

En caso de insolvencia o quiebra, los créditos subordinados solo pueden ser satisfechos una vez que se hayan pagado todos los créditos privilegiados y concursales con preferencia. Esto significa que los acreedores con créditos subordinados pueden enfrentar una alta probabilidad de recuperar solo una parte mínima de sus deudas.

5. Tratamiento de los créditos concursales en un proceso de insolvencia

5.1. Revisión de los créditos concursales

En un proceso de insolvencia, es necesario realizar una revisión detallada de los créditos concursales para determinar su naturaleza y legitimidad. Esta revisión se lleva a cabo con el objetivo de determinar si los créditos cumplen con los requisitos establecidos por la ley para ser considerados como tal. Además, se verifica la existencia de posibles créditos privilegiados o subordinados, los cuales tendrán un tratamiento especial en el proceso concursal. Es fundamental realizar esta revisión de manera exhaustiva, ya que cualquier inexactitud en la clasificación de los créditos puede tener un impacto significativo en la distribución de los activos entre los acreedores.

5.2. Tratamiento de los créditos privilegiados

Los créditos privilegiados son aquellos que cuentan con un orden de prelación en el cobro sobre los demás créditos concursales. En un proceso de insolvencia, estos créditos son pagados en primer lugar, antes que los demás. Dependiendo de su naturaleza y clasificación, los créditos privilegiados pueden incluir los gastos del procedimiento concursal, los créditos laborales, los créditos con garantía real, entre otros. Es importante resaltar que, en caso de que los bienes y activos del deudor no sean suficientes para pagar por completo los créditos privilegiados, estos se distribuirán proporcionalmente entre los acreedores privilegiados.

5.3. Tratamiento de los créditos subordinados

Los créditos subordinados son aquellos que se sitúan en un orden inferior al de los demás créditos concursales. En un proceso de insolvencia, estos créditos son pagados en último lugar, una vez que se hayan liquidado todos los demás. Los créditos subordinados suelen ser aquellos que no cuentan con garantías o privilegios especiales, y que generalmente corresponden a préstamos o créditos otorgados por socios o accionistas de la empresa en crisis. Es importante tener en cuenta que, en muchas ocasiones, los créditos subordinados no llegan a ser satisfechos en su totalidad, por lo que los acreedores pueden sufrir grandes pérdidas en este tipo de situaciones.

6. Procedimiento de reconocimiento y pago de los créditos concursales

El procedimiento de reconocimiento y pago de los créditos concursales es una etapa fundamental dentro de un proceso de insolvencia. En esta fase, se establece la clasificación de los créditos y se determina el orden en que serán satisfechos.

El primer paso es la presentación de los créditos por parte de los acreedores. Estos deben realizar la comunicación de sus créditos al administrador concursal en el plazo establecido por la Ley. En esta comunicación, deben proporcionar toda la documentación que respalde la existencia y cuantía de sus créditos.

Una vez que se ha recibido toda la documentación necesaria, el administrador concursal procederá al reconocimiento de los créditos. Para ello, examinará cada uno de los créditos presentados y verificará su legitimidad y cuantía.

Una vez reconocidos, se establecerá una lista de acreedores y se determinará el orden de pago de los créditos concursales. Los créditos con privilegio especial serán satisfechos en primer lugar, seguidos por los créditos con privilegio general y, por último, los créditos subordinados.

Es importante destacar que, a medida que se van realizando los pagos, los acreedores deberán presentar los documentos justificativos correspondientes para obtener la satisfacción de sus créditos. En caso de que existan discrepancias o conflictos entre los acreedores, se pueden plantear reclamaciones ante el juez del concurso, quien tomará las decisiones correspondientes.

 

By Franciscocollmorales

Estudiante de máster y economía, joven emprendedor, interesado y estudiante en el mundo de la economía y mercados bursátiles, con experiencia en el sector profesional de 2 años como business advisor y community manager en Renault España y 1 año en el sector de la gerencia, estoy en continua formación en ENAE business school , escuela de negocios internacional, con el fin de especializarme en la gestión de carteras, poder gestionar y analizar cuentas e inversiones en empresas del ámbito nacional e internacional es mi objetivo. En este mundo se está desarollando una economía cada vez más globalizada y hay que rebasar las fronteras e introducirse en nuevos mercados para crear el valor añadido y la diferenciación, y sobre todo fomentar a los emprendedores a que sigan creando PYMES (el 99'88% del tejido empresarial en España está constituido por PYMES) ya que son las que tiran de esta economía, fomentan al empleo y crean oferta, esto hará que crezca el ingreso nominal y pueda crecer el consumo, El objetivo es salir de esta recesión económica, cada vez más dura, que están sufriendo muchos países actualmente, sin movimiento económico no hay progresión de las empresas de este país.